Un tribunal dictaminó que Carlos Luis Iglesias, hermano del famoso cantante español Julio Iglesias, sea condenado a seis meses de prisión y al pago de casi treinta millones de euros por su participación en una operación de fraude fiscal en España, utilizando sociedades en Panamá. La sentencia emitida este martes por la Audiencia Provincial de Madrid implica una pena de prisión y una sanción monetaria en concepto de multa e indemnización por un delito cometido contra la Hacienda pública española.
Adicionalmente, se ha condenado a Iglesias a cuatro años de inhabilitación para recibir ayudas públicas y disfrutar de beneficios fiscales y de la Seguridad Social en España. La sentencia se basa en pruebas que demuestran que, en su rol como gerente de Rolimpa Trading Corporation, no declaró la venta de tres solares en Madrid por 46.2 millones de euros en el año 2001. Estos solares habían sido adquiridos previamente en 1989 por poco más de 600,000 euros.
El tribunal determinó que «los informes periciales confirman que Rolimpa Trading Corporation debía haber informado a la Agencia Tributaria española sobre los beneficios obtenidos de la venta». La omisión de esta declaración y pago constituyó un fraude a la Hacienda pública por un total de 19,624,655 euros, suma que deberá ser reembolsada junto con los intereses de demora. En caso de incumplimiento, la sentencia establece que la empresa Rolimpa será responsable civil subsidiaria.
Los compradores de los terrenos efectuaron el pago en una cuenta bancaria de Panamá perteneciente a otra entidad corporativa, donde Carlos Luis Iglesias tenía autorización. A pesar de que Rolimpa, una sociedad constituida en Panamá en 1984, tenía su inmovilizado en España, la sentencia concluye que debió cumplir con el impuesto de sociedades de 2001 por dicha cantidad. La ubicación del domicilio fiscal no eximía a la empresa de tributar. La sentencia afirma que Carlos Luis Iglesias, en su rol de gerente de Rolimpa, es responsable de esta obligación fiscal, pues él era quien tomaba las decisiones.
Para ocultar su identidad como contribuyente obligatorio, Iglesias recurrió a empresas interpuestas, aprovechó las ventajas de un paraíso fiscal como lo era Panamá en esa época y utilizó instrumentos fiduciarios.
La sentencia, sujeta a recurso, se fundamenta en la atenuante de dilaciones indebidas en el procedimiento. La Fiscalía inicialmente pedía cuatro años de prisión y una multa de 98,2 millones de euros, mientras que la Abogacía del Estado solicitaba una pena de diez años de prisión y una multa equivalente al monto defraudado, alegando la comisión de un delito de blanqueo de capitales. Finalmente, el juicio se centró únicamente en el fraude fiscal.