Santo Domingo, 14 de mayo de 2024 – La Junta Central Electoral (JCE) ha emitido la Resolución No. 40-2024, la cual establece el procedimiento para la emisión de los boletines electorales durante las próximas elecciones. Esta resolución detalla las directrices para las Juntas Electorales y las Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE) respecto al momento y la forma en que se deben comunicar los resultados preliminares.
De acuerdo con la resolución, las Juntas Electorales y las OCLEE emitirán su primer boletín cuando se haya procesado al menos el 20% de los resultados recibidos. Sin embargo, si no se ha alcanzado este porcentaje para las 8:30 PM del día de las elecciones, se procederá con la emisión del boletín en ese momento.
A partir de esa hora o del porcentaje mencionado, se emitirán boletines parciales de manera continua, conforme se reciban y procesen los resultados de los colegios electorales. La resolución estipula que estos boletines parciales deben publicarse con un intervalo máximo de 15 minutos entre cada uno. Esto incluye los resultados disponibles en ese período, aunque no cubran un porcentaje específico de los votos.
Una vez que los colegios electorales transmitan electrónicamente las relaciones de votación, que comprenden tanto la imagen como los datos, al repositorio central del Centro de Datos (Datacenter) de la JCE, estas informaciones serán enviadas a los centros de cómputos de las Juntas Electorales y las OCLEE correspondientes. Los partidos políticos que hayan solicitado recibir estos datos y cuenten con la capacidad técnica para hacerlo, también los recibirán.
El documento además indica que los boletines generados serán remitidos a los medios de comunicación que los hayan solicitado y que estén en la condición técnica para recibirlos. Esto con el objetivo de que puedan utilizar la información en la cobertura y difusión de los resultados electorales en el día de las elecciones.
La JCE reafirma su compromiso con la transparencia y la eficiencia en el manejo y divulgación de los resultados electorales, asegurando que todos los procesos se llevarán a cabo conforme a los estándares internacionales y las mejores prácticas en materia electoral.
Para obtener más información, por favor contacte a la Junta Central Electoral a través de los siguientes medios:
- Teléfono: 809-539-5419
- Correo Electrónico: info@jce.gob.do
- Página Web: www.jce.gob.do
Fin del Comunicado
Sobre la Junta Central Electoral (JCE):
La Junta Central Electoral es el órgano responsable de organizar y supervisar las elecciones en la República Dominicana. Su misión es garantizar procesos electorales libres, transparentes y equitativos, conforme a la ley y los principios democráticos.