**Santo Domingo.** – El Tribunal Superior Electoral (TSE) fue apoderado este miércoles del primer caso relacionado con las elecciones presidenciales del pasado 19 de mayo. La demanda, titulada “Demanda en aplicación de la proporcionalidad en la asignación de escaños para diputados acorde a la ley 157-13 y revisión de boletas del nivel de diputados en la provincia San José de Ocoa con sus tres municipios y cuatro distritos municipales”, fue interpuesta contra la Junta Central Electoral (JCE).
La diputada Josefa Altagracia Mejía Macea, quien aspira a la reelección para el período 2024-2028 por el Partido Fuerza del Pueblo, presentó la demanda. El expediente fue depositado a las 6:59 de la noche y se le asignó un número de caso correspondiente.
Hasta la noche anterior, a las 6:59 pm del martes, no se había registrado ningún caso relacionado con las elecciones presidenciales y congresionales en el país. Este miércoles, el TSE canceló una “Acción de Amparo de Cumplimiento de Extrema Urgencia” debido a la ausencia de la parte accionante.
En las elecciones del 19 de mayo, se eligieron un total de 264 cargos electivos: un presidente, una vicepresidenta, 32 senadores, 178 diputados territoriales por provincia, siete diputados en el exterior, cinco diputados nacionales por acumulación de votos, y 40 diputados al Parlamento Centroamericano (PARLACEN), divididos en 20 titulares y 20 suplentes.
El TSE ha extendido su horario de trabajo y habilitó los días sábados y domingos para atender los casos de impugnación relacionados con las elecciones ordinarias de los niveles presidencial, senatorial y de diputados. La Alta Corte ha dispuesto que los expedientes serán ventilados en cámara de consejo o en audiencia pública, según lo requiera cada caso.
La corte también ordenó que los expedientes ingresados a partir del 19 de mayo de 2024, relacionados con apelaciones, impugnaciones, demandas y recursos contra las resoluciones de las Juntas Electorales y las Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEES), o dictadas por la Junta Central Electoral (JCE), sean conocidos en cámara de consejo, respetando siempre el debido proceso, el derecho de defensa y el contradictorio. No obstante, el TSE se reserva la facultad de conocer determinados casos en audiencia pública, según las particularidades de cada situación.