Nueva Enmienda Constitucional Aprobada en Segunda Lectura

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La Asamblea Nacional Revisora de la República Dominicana aprobó en segunda lectura una nueva enmienda a la Constitución, que modifica varios artículos de la Carta Magna. Entre los cambios destacados, se incluyen modificaciones en los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274. Para que la reforma entre en vigor, solo falta que el Congreso Nacional la firme y proclame.

Una de las disposiciones más relevantes incluidas en la revisión es el nuevo artículo 278, que establece que ningún funcionario de elección popular podrá beneficiarse de una reforma constitucional que afecte las reglas de postulación, elección y permanencia en el cargo que ocupa. Además, la Asamblea aprobó diez disposiciones transitorias.

Principales Cambios Introducidos

Entre las modificaciones más significativas, se destaca la reducción de la cantidad de diputados de 190 a 170. También se renombra la Procuraduría General Administrativa, ahora llamada Oficina del Abogado General de la Administración Pública. Asimismo, el Procurador General de la República pasa a llamarse Abogado General de la República y su forma de elección cambia: será designado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) con un periodo de inamovilidad de dos años.

Otra reforma importante es la exclusión del Procurador General de la República del Consejo Nacional de la Magistratura, reemplazándolo con el presidente del Tribunal Constitucional. Asimismo, las elecciones municipales, congresuales y presidenciales serán unificadas para el ciclo electoral de 2032.

Cláusulas sobre Elección Popular

La nueva disposición del artículo 278 incluye una cláusula pétrea que protege el artículo 124 de la Constitución, impidiendo que el presidente electo en mayo de 2024 pueda postularse nuevamente para ese cargo o para la vicepresidencia. También se establece que los presidentes que hayan ocupado el cargo en periodos previos no podrán volver a presentarse.

Otras disposiciones transitorias incluyen plazos para la creación y adaptación de leyes en función de la nueva Constitución y la extensión del periodo de las autoridades municipales electas en 2028.

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