INDOTEL Ordena Ajustes a Canales 7 y 21 para Cumplir con la Ley General de Telecomunicaciones

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Santo Domingo. El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) emitió la resolución 006-2025, en la que instruye a las empresas Interamerica Broadcasting & Production Company S.A. y Trendy, S.A., operadoras de los canales 7 VHF y 21 UHF, a cumplir con la Ley General de Telecomunicaciones 153-98. Esta normativa exige que el control social de las concesionarias de servicios de radiodifusión esté mayoritariamente en manos de ciudadanos dominicanos o extranjeros naturalizados.

La resolución establece un plazo de 30 días para que ambas empresas ajusten su estructura societaria conforme a la legislación vigente.

Denuncia de ADOCO Reconocida como Válida

El Consejo Directivo del INDOTEL declaró como válido en cuanto a la forma, pero rechazó en el fondo, el recurso presentado por la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCO). Esta entidad había solicitado la revocación de las concesiones de los canales 7 y 21, argumentando que las compañías operan bajo el control de sociedades extranjeras, lo cual contraviene la legislación nacional.

El Contexto Legal

ADOCO presentó su denuncia el 25 de septiembre de 2024, solicitando que el INDOTEL iniciara de oficio el procedimiento de revocación de las concesiones de ambas empresas. Según ADOCO, el control de estas compañías se encuentra directa e indirectamente en manos de entidades domiciliadas en las Islas Vírgenes Británicas, lo que viola el ordinal 73.2 de la Ley General de Telecomunicaciones.

Las empresas implicadas rechazaron las alegaciones y solicitaron al INDOTEL que no diera curso a la solicitud de ADOCO, argumentando que sus estructuras societarias cumplen con los requisitos legales.

Resolución y Ajustes Obligatorios

Tras analizar el caso, el INDOTEL determinó que la estructura accionaria actual de las empresas no se ajusta a la ley. En consecuencia, les otorgó un plazo de 30 días hábiles para regularizar su situación.

La resolución destaca la importancia de garantizar que el control de los servicios públicos de radiodifusión en el país esté en manos de nacionales, en cumplimiento con la normativa que protege el interés público.

Este caso subraya la necesidad de que las concesionarias de servicios de telecomunicaciones mantengan un control societario alineado con las disposiciones legales dominicanas.

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